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ESTADO CONSTITUCIONAL DE REBELDÍA
Ixchel Tótec

“El  pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.  Este es un texto constitucional que abre la puerta  a formar movimientos que revolucionen el sistema político. Esto es un tema complejo, pero una forma aconsejable sería establecer la “democracia participativa”, pues dado el dominio actual de una presidencia imperial y la segura prolongación del indeseable priísmo, la irrupción de esos movimientos son hoy la única y mejor opción popular posible ante el desempeño del entorno político dominante y la imposición gubernamental por encima del sentir y la opinión de la sociedad. Adicionalmente, se ha distorsionado el texto de los artículos 35 y 135 constitucionales y creado una ineficaz ley reglamentaria de la “consulta popular”, clausurando medios defensivos del abuso del poder como impedir el amparo contra adiciones o reformas constitucionales (1), desconociendo en todo ello que es el pueblo el titular de la soberanía nacional.

Por eso la vía para acceder a esa etapa superior (la representatividad en la democracia) en el siglo XXI, son los que llamamos “estados de rebeldía popular”, que  el maestro Enrique Dussel (iniciador de la expresión) los señala con el calificativo de “rebelión”(2) que implica beligerencia, estimando que la rebeldía, masiva y bien orientada, y no beligerante, mejor conviene a esos movimientos. Esto lo manifiesta muy bien el mensaje de una mujer que decía “organiza tu ira”, que siendo tan expresivo y preciso lo tomamos como referente de los “estados de rebeldía popular”.
Veamos un caso: en el municipio de Cherán del estado de Michoacán, organizan su ira contra la delincuencia y los talamontes, y ante la acostumbrada ineficacia de los tres niveles de gobierno y cansados también de la corrupción de los partidos políticos, demandan su reconocimiento como municipio autónomo, gobernándose a sí mismos bajo el sistema de “usos y costumbres” y finalmente el Tribunal Federal Electoral convalida su organización.

En abril de 2005 una multitud que rebasó más de un millón y medio de personas inundó el zócalo de la Ciudad de México y calles aledañas apoyando a Andrés Manuel López Obrador que había sido desaforado haciendo procedente una orden de aprehensión en su contra. La multitudinaria concentración obligó a Vicente Fox mediante su procuraduría a desistirse de la acusación, pues ninguna infracción se había cometido y la intención solo era sacarlo de la contienda electoral de 2006.  

En 2001 comuneros y ejidatarios de san salvador Atenco se organizan contra un proyecto que les privaría de sus tierras para construir un nuevo aeropuerto. Crearon el “Frente Popular en Defensa de la Tierra” (FPDT) para enfrentarse al gobierno a cargo de Vicente Fox y del Estado de México al que pertenece este municipio, siendo gobernador Enrique Peña Nieto, que pretendían imponerles la ocupación de sus tierras. La organización obligó a los gobiernos a cancelar el proyecto. Pero en 2006 un incidente menor motivó que fuerzas policiacas del Estado de México y de la policía federal, arremetieran con violencia contra los ejidatarios de Atenco por oponerse a la reubicación de unas floristas, provocándose lesiones, una muerte y la violación de mujeres detenidas por los policías. Los líderes del “FPDT” fueron encarcelados y sentenciados a más de 60 años de cárcel, pero en 2010 la suprema corte decretó su libertad por inexistencia de delitos y pruebas ilegales. En 2011, Peña Nieto como candidato a la presidencia confiesa en un auditorio ante estudiantes de la Universidad Iberoamericana que él como gobernador ordenó la intervención de la policía, provocando el reclamo y airada protesta estudiantil dada la agresividad policiaca que obligó a Peña Nieto a esconderse en un baño junto con sus acompañantes en un baño de la universidad  y salir de sus instalaciones subrepticiamente, lo que dio origen al movimiento “#yosoy132”, pues el gobierno y los medios de comunicación (televisa) afirmaban que la protesta había sido de sólo 131 estudiantes, y los videos por el contrario mostraban la multitudinaria indignación estudiantil.   

Sólo son tres casos los que precedentemente ejemplifican la idoneidad de la organización popular en rebeldía. Son muchos los que han tenido éxito y sería prolijo enumerarlos. Afortunadamente estos movimientos se están incrementando. En Morelos, en el Estado de México, en Michoacán, en Guerrero y otros estados de la República, la inconformidad se organiza y empiezan a formarse movimientos contestatarios a las decisiones inadecuadas, injustas o despojantes de las autoridades. El tiempo, ciertamente lejano aún, provocará cambios en la forma de gobierno que introduzcan en éste la participación ciudadana.

Dado el status político y normativo, ningún otro medio distinto tiene el pueblo para el encauzamiento de su cualidad soberana frente a los poderes que sin derecho se han apropiado de ella, pues nos encontramos con un titular de la presidencia carente por completo de nacionalismo, al igual que el conjunto de legislaturas del país y los tres principales partidos políticos, obedientes y sumisos todos a la presidencia, por lo que no es exagerado decir que la conformación actual del gobierno es un grave peligro para la nación mexicana.

Para dar explicación a lo que se está diciendo, véase el comportamiento de una presidencia imperial que impuso las reformas (laboral y energética principalmente) en condición de subalterno de los poderes económicos predominantes extranacionales sin la más mínima visión nacionalista, pisoteando los derechos del trabajador y violando la inafectabilidad de los bienes propiedad de la nación y del estado mexicanos, integrantes de su patrimonio, con arrogante desprecio a una expropiación que era orgullo de muchas generaciones de connacionales, prueba de autodeterminación y reconocimiento mundial a la dignidad demostrada frente a los poderes extranjeros ante los que ahora, este gobierno servicialmente se inclina, iniciando un proceso destructivo prolongado de sumisión y dependencia.

Una protección cabal inspiró el 27 de la carta fundacional que preservó los bienes de la nación como inalienables e imprescriptibles, y no obstante que eso revelaba constituyentemente el propósito lógico y jurídico de la más estricta y plena respetabilidad de los bienes dominio de la nación, Peña nieto desconoce su espíritu de respetabilidad, sirviéndole de comparsas los órganos legislativos del país, en forma merecedora de repudio por desaseada y vergonzante, usando una vía no apta (el 135) para afectar principios fundamentales de la constitución, mismos que son parte integrante de la propia soberanía nacional, toda vez que el patrimonio es elemento constitutivo de la soberanía de la nación en tanto que lo dispone así la misma carta fundacional del estado mexicano, al quedar comprendidos en los  artículos 25, 27 y 28 constitucionales.

Veamos la improcedencia del 135 constitucional para reformar principios fundamentales de la constitución y su urgente acotamiento por ser un dispositivo solo para actualizar, o mejorar cuestiones que no sean fundamentales y servir a la flexibilidad de la constitución, y siendo que ninguna parte de su texto le califica como constituyente, resulta jurídicamente inapta para alterar normas fundacionales que conciernen a derechos de la nación y al estado, en síntesis  a la soberanía nacional y los bienes que les pertenecen (art. 42 constitucional).

Los autores intelectuales de ese ilícito al servirse de una vía normativa inapta y carente de competencia --el 135 constitucional--, impropiamente aluden a un “constituyente permanente”, siendo que ya desde los años cincuenta del pasado siglo, el constitucionalista emérito Mario de la Cueva afirmaba su incapacidad para reformar “principios constitucionales fundamentales”  

Los sucesos concernientes a todas las reformas –en particular la energética y laboral como se ha dicho--, por su lesiva gravedad de trascendencia histórica, hacen evidente la urgencia de acotar el 135 constitucional, utilizado como una vía que por su redacción genérica e imprecisa hace posible a los poderes, en especial al ejecutivo, deslizar modificaciones (reformas o adiciones) atentatorias de la soberanía popular en forma inconsulta, impositiva y sin respeto a los procedimientos legislativos, como aconteció con las repetidas reformas, que sin duda habrían merecido antes un plebiscito y ahora, ya legisladas, un referéndum que la ley federal de consulta popular no va a hacer posible.

Sin discusiones teóricas, solo con unos ejemplos hipotéticos y otros reales puede demostrarse la incompetencia del 135 para llevar a cabo reformas a principios fundamentales concernientes a la nación y el estado mexicanos. Ejemplifiquemos: si a Peña Nieto por ejemplo se le ocurre, contando con el apoyo priista y sus satélites que el periodo presidencial debe extenderse a ocho años; o que se suprima la “no relección” y el presidente en funciones pueda relegirse para el período inmediato siguiente, ¿se atreverán indecorosamente a utilizar otra vez el 135?.     También si establecen la posibilidad de que los ex-presidentes puedan reelegirse, ¿volverían a utilizar los priístas el 135 para que Salinas de Gortari pudieran acceder a un segundo sexenio?  Todo  esto y más sucederían tal como está el 135, en forma inconsulta, sin plebiscito, sin referéndum, sin recurso de amparo procedente. 

Esto hace urgente acotar el 135, ya que su redacción actual, genérica, abierta y sin limitantes, resulta ser un riesgo grave para el pueblo con esta presidencia imperial desnacionalizada y legislaturas que le son sumisas y obedientes.

Los ejemplos anotados no han estado por completo fuera de la realidad. Todos quienes tienen cierto interés e información de la política posrevolucionaria nacional, no ignoran que algunos de los expresidentes han querido relegirse, empezando por Miguel Alemán y otros después de él.  Por otra parte, a Peña Nieto conviene ponerle un freno desde ahora.

Vayamos a un caso real que orilla a la restructuración del referido 135, que se utilizó para reformar el 35 constitucional en agosto de 2012 para agregar la fracción viii que reglamentó la ley federal de consulta popular de marzo de 2014. En ambas normas los actos relativos al ejercicio de los ciudadanos se califican como “derechos”, que diciéndolo con sencillez, éstos son facultades que concede la ley o una autoridad a los gobernados, y la soberanía no es un derecho, sino un poder supremo que corresponde esencial y originariamente al pueblo (art. 39 constitucional). El artículo 35 incurre en su fracción primera en el gravísimo error de calificar la votación en las jornadas electorales como un derecho, cuando ello es por esencia el más significado ejercicio directo de soberanía popular por conducto de los ciudadanos. El mismo error (acaso intencional) se registra en la ley reglamentaria de la consulta popular, siendo que en tal expresión genérica usada en la terminología jurídica, quedan comprendidos el plebiscito y el referéndum, incuestionables actos de soberanía popular ejercida directamente por la ciudadanía. 

Repitiendo la transcripción que encabeza este texto: “el  pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.  Frase con que la constitución mexicana remata el artículo 39, inequívocamente fundamenta la constitucionalidad de los reiterados “estados de rebeldía popular” y de la “democracia participativa”.

Los “estados de rebeldía popular” deben reproducirse, multiplicarse en número sumamente trascendente para que los cambios y la defensa frente a la presidencia. El priísmo y unas legislatutas genuflexas hasta la traición a los intereses del pueblo, solo podrán ser detenidas por el mayor aumento a la precariedad laboral, y la falta de comida en las mesas de las clases pobres y en las de las clases medias, hasta ahora en gran medida inactivas.
                                                         
(1) Art. 61 Ley de Amparo.                                                                                     
(2) 20 Tesis de Política.  Enrique Dussel. F.C.E.  págs. 97 a 99

FORO: LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REGIÓN NORESTE DE MÉXICO




FORO: LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS 
HUMANOS EN LA REGIÓN NORESTE DE MÉXICO

En el marco de la clausura del Seminario Regional para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos las organizaciones:
Alianza Cívica Nuevo León, 
Alianza Feminista de Nuevo León, 
Casa del Migrante Casa Nicolás, 
Casa del Migrante de Saltillo, 
Centro de Derechos Humanos Juan Gerardi, 
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, 
Centro de Estudios y Taller Laboral, 
Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios,
Comisión Arquidiocesana de Derechos Humanos Adolfo Suárez,
Comisión de Resistencia Civil Pacifica en Nuevo León,
Contingente Monterrey, 
Frontera con Justicia, 
Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en Coahuila, 
Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en México, 
Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos en Nuevo León, y
Género, Ética y Salud Sexual,
 
Convocan al

FORO SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
EN LA REGIÓN NORESTE DE MÉXICO

11 de abril de 2013, Monterrey, Nuevo León

Programa:
 
- Recepción y registro
 
- Bienvenida / Víctor Hugo Carlos, Centro Prodh
 
Primer panel / Modera: Jorge Verastegui González
- Presentación del informe Transición Traicionada, análisis sobre la situación de los Derechos Humanos durante el sexenio de Felipe Calderón
José Rosario Marroquín, Director del Centro Prodh
- Desaparición forzada
Blanca Martínez, Centro Diocesano para los DH Fray Juan de Larios, A.C.
Irma Leticia Hidalgo, FUNDENL
- Migración
- Rosa Elizabeth García, Casa del Migrante Casa Nicolás
- Preguntas y respuestas
- Receso

 
Segundo panel / Modera: Ivonne Garza
- Violencia de género
Mariaurora Mota, Género, Ética y Salud Sexual, A.C.
Lídice Ramos, Alianza Feminista de Nuevo León, A.C.
- Participación ciudadana y derechos humanos laboralesHiginio Barrios, Centro de Estudios y Taller Laboral, A.C.
Jesús González, Contingente Monterrey
- Preguntas y respuestas
 
- Conclusiones y reflexiones finales 

Horario: 17:30 – 20:00 hrs.
Lugar: Centro Cultural Loyola de Monterrey, A.C.
Calle Belisario Domínguez 2145 Pte. esq. con Cerro de Picachos
Col. Obispado, C.P. 64060

 

Coordinación e información sobre el Foro:
Centro Prodh: educacion@centroprodh.org.mx / Tel. 01 (55) 55468217 Ext. 102 / Cel. 5559062155

Por nuestros desaparecidos



Ciudadanos de Nuevo León y de México:


Buscamos y esperamos encontrar con vida a Ernesto Efraín Vidal desaparecido en la ciudad de Monterrey el 10 de abril de 2011.


A dos años de su desaparición, su padre Don Ernesto Vidal nos convoca a recordarlo y acompañarlo el próximo jueves 11 de abril de 2013 a las 9:00 horas en la Explanada de los Héroes frente al Palacio de Gobierno.


Ahí manifestaremos la exigencia al Gobernador del Estado Rodrigo Medina y a su Procuraduría, a que cumplan con su deber y realicen una investigación profesional que lleve a encontrar primeramente a los desaparecidos y a fincar las responsabilidades correspondientes a fin de que los responsables sean debidamente procesados, juzgados y castigados conforme a la ley.


La Comisión de Resistencia Civil Pacífica de Nuevo León manifiesta su solidaridad con las víctimas y con sus familiares, y en el caso de los desaparecidos hacemos nuestra la exigencia a las autoridades competentes para que sean encontrados con vida lo más pronto posible.


¡Basta de impunidad!

¡Autoridades cumplan con su responsabilidad, investiguen, actúen y encuentren a nuestros desaparecidos!

¡Señor Gobernador, si no puede, renuncie!


Monterrey, N.L. 07 abril 2013.


Comisión de Resistencia Civil Pacífica en Nuevo León.


COMUNICADO URGENTE DE AMLO TV: Nos deslindamos de acusación del IFE


A la Opinión Pública,

Por este medio, los integrantes de AMLO TV, manifestamos que es falsa la imputación que en nuestra contra hace el Instituto Federal Electoral, de que nuestro sitio debe ser considerado como gasto de la campaña por la Presidencia de la República, del Lic. Andrés Manuel López Obrador, por un monto estimado de $79,999.80. Toda vez, que el trabajo que hemos venido realizando desde el año 2006, se ha hecho sin fines de lucro, nunca se ha cobrado por la difusión que hacemos de las actividades del Lic. Andrés Manuel López Obrador, ni antes, durante o después de la campaña presidencial de 2012.

El ánimo de crear el concepto de AMLO TV fue el de romper el cerco informativo que desde el año 2006 se creó alrededor de la figura de Andrés Manuel López Obrador. Asimismo, AMLO TV ha difundido información sobre otros temas y otras causas como han sido el conflicto del SME, la desaparición y asesinato de periodistas, la violación de derechos humanos por parte de autoridades, la depredación del medio ambiente por compañías nacionales y extranjeras, así como los actos de corrupción cometidos por funcionarios públicos.

Es de resaltar, que el equipo utilizado para grabar y transmitir los distintos eventos del Lic. Andrés Manuel López Obrador, ha sido adquirido de manera particular por los integrantes de AMLO TV, además se trata de equipo no profesional, cuyo costo dado el caso es comparativamente muy inferior al utilizado por profesionales del periodismo.

Respecto al dominio del blog, la dirección correspondiente a www.lopezobradordvds.blogspot.mx es gratuito y es proporcionado por el servicio de Blogger de Google, fue hasta el año 2009, cuando se adquirió el dominio www.amlotv.com.mx con la empresa Network Information Center México S.C., cuyo costo por registro y renta del dominio en el primer año fue de $458.50 cuatrocientos cincuenta y ocho pesos con cincuenta centavos 00/50 M.N. En los años subsiguientes solamente se hace el pago anual de renta del dominio, el cual siempre ha rondado los $250 doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.

Por otra parte, señalamos el poco profesionalismo con que se conduce el IFE al incluir a AMLO TV como gasto de campaña, ya que nunca se acercó a los integrantes de AMLO TV para requerirnos la información que considerara pertinente para sustentar su resolución en contra de la Coalición Movimiento Progresista. Como autoridad electoral, el IFE se haya facultado para allegarse de las pruebas idóneas para fundar y motivar debidamente sus resoluciones, a efecto de que estás sean apegadas a la ley. En el presente caso, el IFE no aclara el porqué estima en una cantidad cercana a los 80 mil pesos como gasto de campaña a nuestro sitio web, es decir, su imputación carece de sustento.

Finalmente, quienes integramos AMLO TV hacemos saber al Instituto Federal Electoral, a los responsables de Prensa y Propaganda de Andrés Manuel López Obrador y a los representantes de los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano ante el Consejo General del IFE que si alguno desea conocer a detalle los documentos en que constan los costos por el mantenimiento del blog de AMLO TV, así como conocer el equipo que utilizamos para llevar a cabo nuestra labor informativa, puede contactarnos a través de los siguientes correos electrónicos:

claummm29@gmail.com y gobierno.popular@gmail.com.

Atentamente,

Claudia Maldonado y Jesús Palma.